Pasos a seguir para la HABILITACIÓN de un LOCAL
(EXPENDIO DE COMIDAS, CERVECERIAS, RESTAURANTES, CONFITERIAS, ETC.)
El trámite se inicia en la Dirección Gral. de Habilitaciones ubicada en el primer piso de las oficinas municipales de KM 3 (Sita en Avenida Fray Luis Beltrán y calle Gregorio Mayo). Allí se retira el Formulario n°1 con su respectivo anexo, los que deben ser completados, y luego llevados a cada una de las oficinas que allí se enumeran para que se informe el libre deuda. Adjuntar fotocopia de contrato de alquiler, o bien el título de propiedad si es propietario. Tener en cuenta además que en la Sec. de en tierras solicitan los planos del local.
En caso de habilitar un local cervecero aclarar en el formulario de habilitación en el ítem de “actividad” si será punto de recarga de growler, si es growler bar y/o si tendrá expendio de comidas, en cuyo caso hay que dirigirse a Bromatologia (2° piso del mismo edificio) para informarse de los requisitos a cumplimentar. Recordar que todas las personas que trabajen en el local deben contar con Libreta sanitaria (validez 1 año) y Carnet de manipulación de alimentos (validez 2 años).
Este primer trámite es el que más demora, aproximadamente entre uno y dos meses.
Una vez que se obtiene la autorización por parte de bromatología se puede solicitar, mediante nota, una habilitación provisoria que permite abrir el local hasta finalizar todos los trámites.
Se recomienda que el Formulario n°1 se presente en tribunales de faltas como último paso ya que estas firmas solo tienen validez de 48 hs.
Una vez completos, estos formularios deben ser sellados por caja municipal antes de presentar en mesa de entradas del edificio municipal principal (Sita en calle Moreno y Av. Rivadavia). De ahí se distribuye a habilitaciones para concluir el trámite.
Por otra parte, recordar que hay que estar inscriptos en Afip y en ingresos brutos local (alta en Municipalidad Comodoro Rivadavia). Este trámite es personal, con copia de los datos registrales de la página de Afip y fotocopia del DNI de quien solicita el alta. En el caso de una sociedad se requiere el contrato social.